Navegando la Declaración de Prima de Riesgo del IMSS: Guía para Empresarios

SEGURIDAD SOCIAL 23/02/2023

¿Qué es la Declaración de Prima de Riesgo del IMSS?

Uno de los 5 seguros que pagan los patrones al Seguro Social es el Seguro de Riesgo de Trabajo (art. 41 LSS).

Cuotas por Seguro de Riesgos de Trabajo (Artículos 71 y 72 LSS): Como patrón, parte de las cuotas que entregas mes con mes estan basadas en el salario de tus trabajadores y los riesgos asociados a su trabajo.

Es por ello que cuando una empresa tramita su registro patronal el Instituto asigna 

  • Clase, es la clasificiación que el instituo asigna a la peligrosidad de las actividades que realiza una empresa
  • Prima media, es la prima inicial que el instituto pedirá que una empresa pague por el seguro de riesgo de trabajo.
Clase Prima media (%)
I 0.54355
II 1.13065
III 2.5984
IV 4.65325
V 7.58875

La prima del seguro de riesgos de trabajo, se calcula multiplicando la siniestralidad de tu empresa por un factor de prima, y luego se le suma 0.005. Esto ayuda a determinar cuánto debes contribuir al seguro de riesgos de trabajo para tus empleados.

Declaración de Prima de Riesgo (Revisión Anual de la Siniestralidad)

Periodo de Evaluación: Todos los patrones deben revisar los casos de riesgos de trabajo que terminaron en el año, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre. 

Cálculo de la Prima: La prima se ajusta sumando al grado de siniestralidad de la empresa la prima mínima de riesgo, siguiendo una fórmula específica. El resultado se compara con la prima actual. Si hay diferencias, se ajusta hasta un máximo del 1% del salario base de cotización respecto al año anterior.

Vigencia de la Nueva Prima: La nueva prima tiene efectividad desde el 1 de marzo del año siguiente hasta el último día de febrero del año subsiguiente.

Exentos de Presentar la Declaración de Prima de Riesgo (Casos Especiales)

Empresas Nuevas o Cambio de Actividad: Las empresas nuevas o aquellas que cambian de actividad ajustarán su prima según los riesgos de trabajo terminados hasta completar un año calendario. El registro patronal sea reciente y no hubiesen cotizado todo el 2023 (1o. de enero al 31 de diciembre) o modificaron su actividad en ese periodo, por lo que se debe seguir cotizando con la prima media correspondiente hasta completar un año calendario (art. 32, fracs. I y IV, RACERF).

Patrones cuya prima resulte igual a la del ejercicio anterior. (art. 32, fracc. V, RACERF).

Empresas con baja patronal y alta en la misma actividad en seis meses. (art. 32, fracc. VII, primer párrafo, RACERF)

Empresas sin personal por más de seis meses sin presentar la baja respectiva (art. 32, fracc. VII, RACERF).

Nota: Las empresas de menos de 10 trabajadores, podrán optar por presentar la Determinación Anual de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo o cubrir la prima media que les corresponda conforme a su clasificación.

Consideraciones Especiales para empresas de menos de 10 trabajadores:

La empresa tiene que comunicar al área de Afiliación-Vigencia de Derechos o en la oficina de Clasificación de Empresas de la subdelegación correspondiente al domicilio de su registro patronal mediante un escrito libre su decisión de cotizar con la prima media.

Clase Prima media (%)
I 0.54355
II 1.13065
III 2.5984
IV 4.65325
V 7.58875

Sin embargo, ajustar tu prima según la siniestralidad real (accidentes de trabajo que realmente ocurrieron) podría ser más beneficioso a largo plazo.

Cálculo de la Prima de Riesgo

Para calcular la siniestralidad, se deben considerar:

  • Sólo se consideran los casos de riesgos de trabajo terminados del 1° de enero al 31 de Diciembre del año correspondiente (artículo 32 RegAC). No se consideran los accidentes en trayecto.
  • Días subsidiados por incapacidad temporal.
  • Porcentaje de incapacidades permanentes parciales o totales.
  • Número de defunciones por riesgo profesional.

Ejemplo Práctico: Si en tu empresa, durante el año, hubo dos trabajadores con un total de 30 días de incapacidad temporal y una incapacidad permanente parcial, estos datos se incluirán en el cálculo de la prima.

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Resultados de la fórmula

Su valor se expresa en % y se compara con la prima con la que venían cotizando; 

Si el valor:

  • Es el mismo= continúa aplicándola
  • Aumenta= se incrementa en proporción al 1%  del salario base de cotización
  • Disminuye=  se reducirá en proporción al 1% del salario base de cotización

Las variantes no podrán rebasar los límites, mínimo (0.50%) y máximo (15%) fijados a las primas
 

Consecuencias de no Presentar la Declaración

La falta de presentación o presentación extemporánea de esta declaración puede resultar en multas que van de 20 a 210 veces la UMA (arts. 304-A, fracc. XV y 304-B, fracc. III, LSS).

Además llevar un control adecuado de la siniestralidad (riesgos de trabajo), evitará malos entendidos con los colaboradores y la institución.

Conclusión y Recomendaciones

Es crucial mantener un registro detallado de las incapacidades y accidentes laborales durante el año. En caso de carecer de documentación completa, es aconsejable solicitarla al IMSS. Mantenerse al día con esta declaración no solo evita multas sino que también asegura un manejo responsable de los riesgos laborales en tu empresa.

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