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Seguros del IMSS y sus costos para empleadores

SEGURIDAD SOCIAL 26/06/2024

¿Quiénes deben pagar las cuotas del IMSS? (Sujeto)

Aquellas empleadores personas físicas o morales que establezcan una relación de trabajo con una persona fisica y que dicha relación este basada en los 3 siguientes supuestos (Artículo 20 LFT):

  • Sea un servicio personal (que la persona física proporcione el servicio)
  • Dicho servicio sea subordinado (ejecuta ordenes)
  • A cambio de una paga monetaria (remunerado)

Estan obligados a cumplir con lo que establece la Ley del SEGURO SOCIAL y la ley del INFONAVIT.

Dichas leyes establecen que se deberán insribir a los colaboradores al Régimen Obligatorio del Seguro Social.

Principales seguros del IMSS que los empleadores deben cubrir (Objeto)

El Régimen Obligatorio comprende los siguientes seguros:

  • Riesgos de Trabajo 
  • Enfermedades y Maternidad 
  • Invalidez y Vida
  • Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
  • Guarderías y Prestaciones Sociales
  • INFONAVIT (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores)
Fundamento legal: CPEUM 23-XXIX

Seguro de Riesgos de Trabajo

Este seguro protege a los asegurados ante accidentes de trabajo, incluyendo el trayecto al lugar de trabajo, y enfermedades profesionales.

COSTOS

La prima de riesgo es variable y se determina según el nivel de riesgo declarado por la empresa. Estas pueden ir desde:

Clase Prima media (%)
I 0.54355
II 1.13065
III 2.5984
IV 4.65325
V 7.58875

 

Visita el siguiente blog para conocer a profundidad de las obligaciones que tienen los patrones acerca de la Prima de Riesgo.

PRESTACIONES PARA EL ASEGURADO

  • En Especie: Asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalización.

  • En Dinero: Subsidios por incapacidades temporales y pensiones por incapacidades permanentes o muerte.

OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR

  • Pago de cuotas oportunamente. 
  • Realizar el seguimiento de las incapacidades emitidas por el instituto
  • Asentar las faltas en la nómina y en el SUA
  • Realizar seguimiento al alta de riesgo de trabajo emitido por el instituto.

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Seguro de Enfermedades y Maternidad

Seguro que cubren patrones y trabajadores
Cubre servicios médicos y subsidios, durante el padecimiento de una enfermedad no profesional y períodos pre y post-natales

COSTOS

  • Empresa: 20.40% del salario base de cotización. (Tope de 3UMAS vigentes), por el excedente del salario se pagará el 1.10% del salario base de cotización
  • Trabajador: 0.40% del salario base de cotización en caso de que el salario supere las 3UMAS.

PRESTACIONES PARA EL ASEGURADO

  • En Especie: Asistencia médica, hospitalización, y servicios auxiliares de diagnóstico. Para el embarazo: asistencia obstétrica, ayuda en especie para lactancia, canastilla al nacimiento del hijo.
  • En Dinero: Subsidios por incapacidad temporal y ayudas por gastos funerarios y matrimonio.

OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR

  • Pago de cuotas oportunamente. 
  • Realizar el seguimiento de las incapacidades emitidas por el instituto
  • Asentar las faltas en la nómina y en el SUA.

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Seguro de Invalidez y Vida

  • Seguro que cubren patrones y trabajadores, 
  • Su objetivo es la protección de los riesgos de invalidez y muerte del asegurado

COSTOS

  • Empresa: 1.75% del salario base de cotización.
  • Trabajador: 0.63% del salario base de cotización.

PRESTACIONES PARA EL ASEGURADO

  • En Especie: Asistencia médica, hospitalización, y servicios auxiliares
  • En Dinero: Pensión de invalidez temporal o definitiva

REQUISITOS PARA QUE EL ASEGURADO ACCEDA A LA PRESTACIÓN EN DINERO

  • Inscrito y vigente.
  • 250 semanas de cotización en invalidez menor al 75% (50% de sus habilidades) (contabilizadas y activo)
  • 150 semanas de cotización en invalidez del 75% o más

Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez

Este seguro garantiza una pensión al trabajador al llegar a la vejez. 

Es una prestación que cubre el asegurado y el patrón.

COSTOS

  • Para el ramo de Retiro, el patrón debe aportar el 2.00 % del SBC del trabajador.
  • Para el ramo de Cesantía en Edad Avanzada, al colaborador le corresponde una cuota de 1.125 % sobre su base salarial y al empresario, a partir del 1o. de enero de 2024 su contribución en este ramo queda de la siguiente manera:
SBC del asegurado % Cuota patronal
1.00 Salario mínimo (SM) 3.150
1.01 SM a 1.50 UMA 3.413
1.51 a 2.00 UMA 4.000
2.01 a 2.50 UMA 4.353
2.51 a 3.00 UMA 4.588
3.01 a 3.50 UMA 4.756
3.51 a 4.00 UMA 4.882
4.01 UMA en adelante 5.331

Seguro de Guarderías y Prestaciones Sociales

Proporciona servicios de guardería y acceso a actividades culturales y deportivas. Este seguro lo aporta únicamente el patrón.

COSTOS
Empresa: 1.00% del salario base de cotización.

PRESTACIONES
Guarderías: Cuidado y atención integral a los hijos de los trabajadores.
Prestaciones Sociales: Acceso a actividades recreativas y culturales.

Obligaciones del Empleador: 

  • Realizar las aportaciones correspondientes 
  • En ocasiones los colaboradores solicitan a los patrones se les extienda un documento formal que certifica la relación laboral existente entre patrón y empleado. Te compartimos el formato que recomendamos a nuestros clientes utilizar. Descargalo aquí
     

Obligaciones del empleador con el INFONAVIT para sus trabajadores

Los patrones deben aportar el 5% del salario de los trabajadores a su servicio, para abonarlo en la Subcuenta de Vivienda de las cuentas individuales de los trabajadores. El 5% que aporta el patrón sirve para constituir el Fondo de Vivienda de los trabajadores, que es administrado por el INFONAVIT y servirá para el otorgamiento de crédito a sus derechohabientes, o bien para su retiro.

COSTOS
Empresa: 5% del salario base de cotización.
Trabajador: No hay contribución.

PRESTACIONES
El 5% que aporta el patrón sirve para constituir el Fondo de Vivienda de los trabajadores, que es administrado por el Infonavit y servirá para el otorgamiento de crédito a sus derechohabientes, o bien para su retiro.

OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR

  • Realizar las aportaciones correspondientes.
  • Ser responsable solidario de tu trabajador cuando él obtiene un crédito, ya que tú debes retenerle la parte de su salario que corresponde al pago que debes hacer mensualmente por él, y enterarlo al Infonavit.

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¿Cuál es el plazo máximo para que el patrón realice el pago de las cuotas al IMSS?

Las cuotas obrero patronales se causan por mensualidades vencidas y el patrón está obligado a determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa informático, autorizado por el Instituto (SUA).

Asimismo, el patrón deberá realizar el pago respectivo, a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente.

Cuando el último día para el pago de cuotas sea viernes o día inhábil, el plazo se prorrogará hasta el siguiente día hábil. (Art 12 CFF Y 3 RLSS)

Conclusiones y Recomendaciones

Entender y cumplir con las obligaciones del IMSS es fundamental para la salud financiera de tu empresa. Te recomendamos:

  • Mantener un registro actualizado de tus trabajadores y sus aportaciones.
  • Realizar las aportaciones de manera puntual para evitar sanciones.
  • Informar a tus empleados sobre sus derechos y las prestaciones disponibles.
  • Buscar asesoría profesional para gestionar adecuadamente los seguros del IMSS y el INFONAVIT.

En Contadores Mismo Lenguaje, estamos aquí para ayudarte a cumplir con todas tus obligaciones fiscales y laborales, asegurando que tu empresa y tus empleados estén protegidos.

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