Análisis RESICO vs RIF
Análisis RESICO (Régimen Simplificado de Confianza) vs RIF (Régimen de Incorporación Fiscal)
Hablemos del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y evaluemos si es una alternativa para ti.
Para 2022, el Régimen Simplificado de Confianza es una nueva opción para pagar ISR y va dirigido para personas físicas que no rebasan los ingresos de $3.500,000 al año.
Considera que las siguientes recomendaciones son para negocios/emprendimientos que VENDEN productos y se registraron antes del 31 Agosto 2021 en el Régimen de Incorporación Fiscal.
Como Regimen de Incorporación Fiscal el ISR se calcula del siguiente modo:
INGRESOS COBRADOS
(-) DEDUCCIONES
(=) RESULTADO (UTILIDAD O PÉRDIDA)
(=) Dependiendo del monto de la utilidad se paga el ISR
Como Régimen Simplificado de Confianza el ISR se calcula del siguiente modo:
INGRESOS COBRADOS
(*) TASA CORRESPONDIENTE
(=) ISR POR PAGAR
La tasa que corresponde va en función a los ingresos cobrados.
Ahora bien, evaluemos en qué caso no te conviene mudarte al nuevo Régimen Simplificado de Confianza.
El Régimen de Incorporación Fiscal tiene el beneficio que: durante 10 años tendrás una reducción de ISR, el primer año será 100% y disminuirá conforme cumplas ejercicios en este régimen.
Para que evalúes tus alternativas:
Supongamos que tienes un ingreso de 1,500,000 mil pesos al año (entendemos que declaras tus ingresos bimestralmente, suma los ingresos y gastos de tus 6 bimestres).
Te hicimos una propuesta que visualices lo siguiente:
- El primer año no pagarías nada de ISR porque el descuento es del 100%. Como RESICO pagarías $30,000.00 pesos.
- El segundo año siendo RIF tendrías que comprobar $340,000.00 pesos en gastos para pagar casi lo mismo que si estuvieras en RESICO.
- En el tercer año siendo RIF tendrías que aumentar tu comprobación a $809,000.00 pesos para pagar casi lo mismo que si fueras RESICO.
- Lo mismo en el 4to y 5to año, tendrías que aumentar más tu comprobación para mantener el monto de tu pago de ISR similar a RESICO.
Considera elegir RESICO si:
- Si tienes problemas para comprobar correctamente tus compras y gastos, es muy probable que tu opción sea RESICO, pues en el cálculo de ISR no se consideran los gastos.
- Si ya llevas varios años en RIF es muy probable que el ISR que pagues sea alto a comparación a lo que pagarías en RESICO
Considera elegir Régimen de Incorporación fiscal si:
- Si te acabas de inscribir aprovecha los descuentos en ISR. Pero asegúrate hasta que punto necesitas hacer un cambio de Régimen.
- Estás invirtiendo en tu negocio: estás comprando productos, infraestructura, y proyectas que tendrás pérdidas por lo menos dos años.
- Este régimen tiene beneficios en IVA (Impuesto al Valor Agregado) para OPERACIONES AL PÚBLICO EN GENERAL, a diferencia de RESICO que por ahora no se están considerando beneficios para este impuesto.
Las desventaja que observamos de elegir un régimen del otro son:
- RESICO: La autoridad tomará la información de tus CFDI para determinar el ISR, por lo que tendrás que tomar especial atención a tus facturas para que coincidan con lo que realmente cobraste. Los saldos a favor están restringidos a 2 años para aplicarlos. A diferencia del Régimen de Incorporación Fiscal que se consideran desde 5 años para aplicar los mismos. Inclusive si tienes Pérdidas en tu negocio, tendrías que pagar ISR.
- REGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL: Honestamente no vemos muchas desventajas si te acabas de inscribir, sin embargo si eres un contribuyente que ya lleva más de 5 años en este régimen evalúa cuánto estarías pagando de continuar en este régimen.
Para tomar la mejor decisión te recomendamos lo siguiente:
- Considera que en RESICO tus ingresos no deben superar los $3,500,000.00.
- Ten clara que utilidad venías declarando para que estés seguro de tu decisión.
- Considera tus planes para 2022, ¿Pérdidas? ¿Ganancias? ¿Inversiones?.
- Todo lo comentado anteriormente es explicado en términos generales, consulta a un experto fiscal para que te proponga varios escenarios y así puedas tomar la mejor decisión.