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Constancia de residencia fiscal

FISCAL 18/10/2023

Concepto de residencia para personas fisicas

El artículo 9º Codigo Fiscal de la Federación señala que:

Se consideran residentes en territorio nacional: (personas físicas)

a) Las que hayan establecido su casa habitación en México. Cuando también tengan casa habitación en otro país, se considerarán residentes en México, si en territorio nacional se encuentra su centro de intereses vitales. Se considerará que el centro de intereses vitales está en territorio nacional cuando, entre otros casos, se ubiquen en cualquiera de los siguientes supuestos:

  • Cuando más del 50% de los ingresos totales que obtenga en el año tengan fuente de riqueza en México.
  • Cuando en el país tengan el centro principal de sus actividades profesionales.

 

 b) Las de nacionalidad mexicana que sean funcionarios del Estado o trabajadores del mismo, aún cuando su centro de intereses vitales se encuentre en el extranjero.

Concepto de residencia para personas morales

El artículo 9º Codigo Fiscal de la Federación señala que:

II. Las personas morales que hayan establecido en México la administración principal del negocio o su sede de dirección efectiva.

No perderán la condición de residentes en México,…que omitan acreditar su nueva residencia fiscal, o acreditándola, el cambio de residencia sea a un país o territorio en donde sus ingresos se encuentren sujetos a un REFIPRE…se aplicará en el ejercicio fiscal en el que se presente el aviso…y durante los cinco ejercicios fiscales siguientes.

No se aplicará …cuando el país en el que se acredite la nueva residencia fiscal, tenga celebrado un acuerdo amplio de intercambio de información tributaria con México y, adicionalmente, un tratado internacional que posibilite la asistencia administraIva mutua en la noIficación, recaudación y cobro de contribuciones.

¿Cómo acreditar la residencia fiscal?

Del artículo 5 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigente en 2009, se advierte que los beneficios para evitar la doble tributación solo serán aplicables a los contribuyentes que acrediten ser residentes en el país de que se trate; cumplan con las disposiciones del propio Tratado así como con las demás contenidas en la propia ley. 

Al respecto, el artículo 6 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, establece que los contribuyentes que deseen acreditar su residencia fiscal en otro país con el que México tenga celebrado un Tratado para evitar la doble tributación, deberán hacerlo mediante las certificaciones de residencia o con la presentación de la declaración del último ejercicio del impuesto, expedidas por la autoridad fiscal del país de que se trate, o bien con la certificación de la declaración del impuesto por el penúltimo ejercicio.
 

Requisitos para solicitar la Constancia de Residencia Fiscal

Según la regla 2.1.3 de la RMF para 2023 " Constancia de residencia fiscal": Para los efectos del artículo 9 del CFF, en la constancia de residencia fiscal en México, la autoridad fiscal hace constar que el contribuyente es residente fiscal en territorio nacional.

La referida constancia se solicitará en términos de la ficha de trámite 6/CFF “Solicitud de constancia de residencia para efectos fiscales”, contenida en el Anexo 1-A.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1. Manifestación bajo protesta de decir verdad que no cuentas con residencia para efectos fiscales en otro país.

2. Señalar el periodo específico por el cual requieres la Constancia de Residencia para Efectos Fiscales de acuerdo con lo siguiente:

  • Por el ejercicio fiscal actual.
  • Hasta por 4 ejercicios fiscales inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud.
  • Cuando se trate de un ejercicio fiscal que no ha concluido, solamente se emitirá por el período que solicita el contribuyente hasta la fecha de presentación de la solicitud de la constancia y, en caso de estar obligado, deberá tener presentadas las declaraciones de pagos provisionales a cuenta del ISR del ejercicio en el que se requiera la constancia.
  • Tratándose de contribuyentes que inicien actividades, se expedirá hasta la fecha de presentación de la solicitud de la constancia.

¿Con qué condiciones debo cumplir?

  • Tener estatus activo en el RFC, durante el periodo solicitado.
  • Contar con opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo.
  • No estar registrado sin obligaciones fiscales.
  • Que el estado del domicilio fiscal y de localización del contribuyente sea distinto a no localizado.
  • No estar publicado en las listas a que se refieren el segundo y cuarto párrafos del artículo 69-B del CFF.
  • Contar con Contraseña.

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