Guía completa para obtener la Opinión de Cumplimiento Fiscal con Éxito
¿Qué es la Opinión de Cumplimiento Fiscal?
La Opinión de Cumplimiento es un examen detallado de las responsabilidades fiscales de un contribuyente, esta fundamentada en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y el procedimiento para su obtención y consideraciones más detalladas están fundamentadas en la regla de RMF 2.1.36. "Procedimiento que debe observarse para la obtención de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales"
La OCF se generará atendiendo a la situación fiscal del contribuyente en los siguientes sentidos:
1. Positiva: Cuando el contribuyente cumple con los 12 puntos de la regla 2.1.36.
2. Negativa 😕:
- No al corriente: Cuando no cumples con todas las obligaciones fiscales.
- Suspensión de actividades: Si estás en suspensión de actividades en el RFC.
- Inscrito sin obligaciones: Estás inscrito pero no tienes obligaciones fiscales.
¿Cuáles son los criterios para una opinión positiva?
Para lograr una opinión positiva, debes cumplir con 12 puntos clave:
Punto a revisar | Descripción |
1. Registro activo en el RFC | - Estar inscrito en el RFC con estado fiscal activo. |
2. Declaraciones Presentadas y Pagadas a tiempo | - Declaraciones anuales de ISR. - Pagos provisionales de ISR y retenciones de sueldos/salarios. - Declaraciones de IVA, IEPS y DIOT. |
3. Datos consistentes | - Que tus Declaraciones concuerden con los CFDI (facturas) Que emites. |
4. No listado en Art. 69-B | - No estar en el listado definitivo del artículo 69-B (Empresas que Facturan Operaciones Simuladas). |
5. Sin créditos fiscales | - No tener créditos fiscales firmes o exigibles. |
6. Autorizaciones de pago a plazos | - Que estén garantizados conforme al Art. 141 del CFF. |
7. Pago a plazos vigente | - No haber incurrido en causal de revocación (Art. 66-A, fracción IV). |
8. Localizable | - Que puedas ser localizado, según el Art. 69 del CFF. (no publicado en la lista de contribuyentes no localizados) |
9. Sin sentencia condenatoria | - No tener sentencia firme por delitos fiscales. |
10. No listado en Art. 69-B Bis | - No estar en el listado global definitivo. |
11. Personas morales no lucrativas | - Presentar la declaración anual informativa de ingresos y erogaciones. |
12. Obligaciones beneficiario controlador | - Cumplir con el Art. 32-B Ter y 32-B Quinquies del CFF. |
¿Cómo se obtiene la Opinión de Cumplimiento?
Obtener tu OCF es un proceso que puedes realizar en línea a través del Portal del SAT.
Necesitarás tu e.firma y contraseña para acceder y solicitar la opinión. También puedes autorizar a terceros para consultar tu OCF, lo que facilita la gestión cuando trabajas con socios o clientes que requieren verificar tu situación fiscal.
¿Cuál es la vigencia de la OCF?
Según la regla RMF 2.1.36. "Procedimiento que debe observarse para la obtención de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales"
-Positiva para Estímulos/Subsidios: 3 meses.
-Positiva en Otros Casos: 30 días naturales.
Consideraciones importantes:
Recuerda que la opinión de cumplimiento es específica para las disposiciones fiscales vigentes y no se considera una resolución favorable general sobre los cálculos y montos de tus créditos o impuestos declarados o pagados.
Es una herramienta para reflejar tu estado actual ante las autoridades fiscales, y debe ser gestionada con precisión y oportunidad.
Conclusiones y Recomendaciones:
Mantener una Opinión de Cumplimiento Fiscal positiva es fundamental para cualquier negocio. No solo mejora tu credibilidad ante las autoridades y socios comerciales, sino que también protege tu empresa contra posibles multas y complicaciones legales. En Contadores Mismo Lenguaje, recomendamos revisar periódicamente tu cumplimiento fiscal y ajustar cualquier discrepancia antes de solicitar tu OCF. Siempre estamos aquí para ayudarte a navegar el proceso con confianza y asegurar que tu empresa siga prosperando en un marco legal seguro y efectivo.